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lunes, 6 de enero de 2014

Lo prometido es deuda




El ex entrenador de Independiente quiere cobrar lo que le corresponde.

Cristian Díaz aclaró que no le está iniciando juicio al club sino que su carta documento tiene carácter de intimación ante los plazos de pago ya vencidos. Olé te muestra en exclusiva el texto que el ex DT del Rojo le envió a la dirigencia.

Cristian Díaz reclamó lo que Independiente le debe y se generó una polémica en torno a este tema. El propio entrenador le aclaró a Olé que no le está iniciando juicio al club sino que su carta documento tiene el carácter de intimación ante los plazos de pago ya vencidos. "Desde que envié la carta todavía no me llamó nadie", contó.

El ex DT del Rojo, que declaró la semana pasada "Cantero me cagó como cagó a Independiente", dejó en claro que antes de un juicio existen pasos previos y son los que sus abogados están dando para evitar llegar a ese extremo. Acá, Olé te muestra en exclusiva el texto que Cristian Díaz le envió la semana pasada a la dirigencia en formato de carta documento.


LA CARTA DOCUMENTO


Buenos Aires, 05 de Agosto de 2013

El día 27 de Setiembre de 2012, el Club Atlético Independiente y quién suscribe acordaron la rescisión del contrato que habían suscripto con fecha 04 de mayo de 2012 por los servicios profesionales como Director Técnico del Primer Equipo de Fútbol Profesional del Club, con vigencia hasta el 30 de junio de 2013.

Que se formalizó la rescisión mediante Escritura Publica Número Cien, ese mismo día por ante la Notaria Adscripta Registro 122, Distrito Notarial Avellaneda, Mariana Laura Marchesoni, el Club Atlético Independiente, ya que el Club debía presentar la misma en esos términos a fin de que pudiera habilitarse al Director Técnico siguiente, suscribiéndose convenio de rescisión y pago de la deuda, mediante la cual el Club Atlético Independiente se obligó al pago de la suma total y única de $746.141.67 (pesos setecientos cuarenta y seis mil ciento cuarenta y uno con 67/100) que se imputó a indemnización incluyendo todo rubro por cualquier tipo de instituto vinculado a la relación laboral que por ese medio se extinguió. En la Cláusula Segunda de dicho convenio EL CLUB, se obligó a saldar en 11 (once) PAGOS mensuales y consecutivas con vencimiento la primera 20/10/2012. Sin embargo sólo pagó la primera cuota de $20.000.- (veinte mil) y fuera de término, no efectuando luego ninguno de los pagos a los que se obligó, encontrándose los mismos prácticamente vencidos en su totalidad.

Asimismo, en la cláusula tercera, el Presidente Javier Cantero, fue quien solicitó especialmente a la totalidad de los integrantes del Cuerpo Técnico la suscripción del convenio de pago, a fin de que pudiera tomar su cargo, el nuevo Director Técnico ingresante a esa época "Ruben Américo Gallego", por lo que con absoluta predisposición, y aún no habiendo hasta esa fecha percibido jamás sumas de pago correspondientes ni siquiera al contrato de trabajo firmado con anterioridad a la rescisión nuevamente se ponderó la situación económica del club y sus dificultades (acompañando una vez más como siempre se hizo), y a fin de sumar soluciones a la llegada del nuevo cuerpo técnico y a petición expresa del Presidente del C.A.I., se suscribió el convenio para su posterior e inmediata presentación en la Asociación de Directores Técnicos, a fin de que se autorizara el nuevo contrato con el nuevo DT "Gallego", y su correspondiente habilitación e ingreso al campo de juego.

Sin embargo ha pasado casi UN AÑO, sin que se cumpliera "la palabra", aquella que las partes firmantes de "el contrato" y de la "rescisión" se hubieran obligado y que luego plasmaran en el CONVENIO DE RESCISIÓN.

Lo cierto que de mi parte y del resto del Cuerpo Técnico, siempre cumplimos nuestra palabra y con nuestra labor, sin embargo, no pasó lo propio con la "palabra" del Presidente Javier Cantero, ya que no se ha realizado pago alguno del saldo adeudado y que fuera financiado en cómodas cuotas, sino que tampoco ha cumplido con su "palabra" de garantizar conforme se establece en la cláusula TERCERA: "la garantía del CLUB se obliga en este acto para afianzar el cumplimiento del presente acuerdo de pago".

Lo cierto es que el Presidente dio su "palabra" de garantizar con cheques, en este caso sugirió "cheques de sponsors" el pago y cumplimiento del acuerdo de pago, sin embargo hasta el día de la fecha, no sólo no ha cumplido su palabra en cuanto a los pagos, sino tampoco la ha cumplido ni siquiera respecto a la entrega de la garantía documentada.

Encontrándose vencidos los plazos y habiéndose pactado en la cláusula cuarta que "la falta de pago de una de las cuotas hará caducar los plazos de pleno derecho, pudiendo EL DIRECTOR TECNICO requerir la ejecución judicial del total de la deuda sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial", igualmente de plena buena fe, se intima por última vez al C.A.I. a abonar dentro del plazo de 48 horas las sumas adeudadas, bajo apercibimiento de iniciar las acciones judiciales correspondientes para percibir el crédito laboral, asimismo reclamar el incremento dispuesto en el Art 2 de la Ley 25.323. por pago fuera de término de la liquidación final.

Cristian Leonel Díaz



Fuente Olé

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