La legisladora Graciela Ocaña presentó hoy en la Justicia un
recurso de amparo para evitar que el Estado le pague a la AFA 390 millones de
pesos por la rescisión del contrato del Fútbol para Todos . "Presenté un
amparo ante la jueza Servini porque hay supuestos acuerdos en la rescisión. Ese
dinero no hay que dárselo a los grandes clubes porque ese dinero es de la
gente", aseguró la legisladora por Radio La Red. Este amparo fue
presentado en la previa de la Asamblea de los dirigentes en Ezeiza, donde votarán
la rescisión del contrato con el Estado para poder recibir el dinero pactado
por el Gobierno y solventar sus deudas, de cara a los reinicios de los
campeonatos. Ocaña inició la causa de malversación de fondos y manejos del
Fútbol para Todos y de prosperar este amparo frenaría el reinicio del torneo de
Primera División previsto para el viernes 3 de marzo. La legisladora también
investiga los manejos de Claudio "Chiqui" Tapia en el CEAMSE.
El amparo presentado por Graciela Ocaña
SOLICITA MEDIDAS
Señora Juez:
María Graciela Ocaña,
denunciante en la presente causa nº ..., manteniendo el domicilio constiuido en
autos, a V. S. respetuosamente digo:
clic aqui
I.- Ha tomado estado
público a través de diversos medios de comunicación la decisión de las partes
de rescindir el "Contrato de Asociación de la Jefatura de Gabinete de
Ministros con la Asociación del Futbol Argentino para la Transmisión de
Espectáculos de Futbol por Televisión Abierta y Gratuita" celebrado el día
20 de agosto de 2009.
Mediante nota de fecha
18 de julio de 2016, dirigida al señor Secretario General de la Presidencia de
la Nación Fernando DE ANDREIS, un grupo de "presidentes y/o
vicepresidentes" de clubes de la primera división y "B" nacional
expresaron lo siguiente:
"1. Que
"Futbol para Todos" ha cumplido un ciclo y amerita un replanteo.
2. Que por esta
situación estamos dispuestos a liberar al Estado del costo de los fondos
privados de nuestro producto, toda vez que para la familia del fútbol la cifra
que recibimos resulta exigua y para el Estado un importante gasto.
3. Que en tal sentido,
proponemos que un breve plazo, las partes podamos disolver el vínculo que nos
une, y a través de una licitación internacional, buscar oferentes privados
interesados." (el resaltado es mío)
A la luz de los hechos
posteriores, estas declaraciones amistosas han quedado en letra muerta, y
nuevamente nos enfrentamos a decisiones que pueden afectar negativamente el
destino de fondos públicos que pertenecen al conjunto del pueblo argentino.
II.- El contrato original
de asociación aprobado por Decisión Administrativa no establece ni contiene
cláusulas de indemnidad ni penalidades para las partes en caso de
incumplimiento. La cláusula séptima establece que en caso de mora en los pagos
por parte del Estado Nacional, la AFA debería intimar fehacientemente y en caso
de no obtener respuesta dar por resuelto el contrato y en caso.
Asimismo, se establece
que frente a un incumplimiento grave y reiterado de las obligaciones la parte
cumplidora tendrá derecho a resolver el contrato comunicándolo con treinta días
de anticipación.
La realidad es que
frente a la opinión pública la AFA se ha considerado como la parte
"cumplidora" frente al Estado Nacional, victimizándose y exigiendo
todo tipo de reparaciones cuando en los hechos se trata de todo lo contrario.
Esta misma causa es
ejemplo de ello, tal como lo ha comprobado los veedores informantes
oportunamente designados, la AFA y los clubes que la integran no han rendido
cuenta de la aplicación de los fondos recibidos y han incumplido todas y cada
una de las obligaciones asumidas en el contrato y las adendas posteriormente
celebradas.
El mejor ejemplo de lo
que vengo sosteniendo lo constituye la Decisión Administrativa 1348/2011. Este
acto administrativo aprobó la primera Addenda al contrato original y, entre
otras previsiones, contiene la siguiente:
"SEPTIMA: Sin
perjuicio de lo expresamente establecido en el Estatuto de la AFA, reglamento
general y resoluciones del Comité Ejecutivo, la AFA deberá comprometer el
efectivo ejercicio de los controles respecto del cumplimiento de los presupuestos
y obligaciones de los ejercicios económicos deportivos.
Para ello:
1. Respecto de las
deudas impositivas y previsionales pendientes de AFA y los Clubes asociados a
ella, la AFA se compromete a regularizarlas de acuerdo a lo que se convenga con
la AFIP.."
No hace falta ser
adivino ni detective para comprobar que la AFA y los Clubes asociados
incumplieron esta obligación, de hecho no habrían tenido nunca una verdadera
voluntad de cumplimiento. A las pruebas me remito, el día jueves 27 de octubre de
2016 el diario La Nación titula una nota: "Con críticas y denuncias, la
AFIP le apuntó a la AFA y los clubes por una evasión millonaria".
Específicamente, el
medio de comunicación cita al titular del Fisco Nacional, Alberto Abad quien
habría declarado que "se observa un sistemático incumplimiento de la
ley". Sostuvo, además, que el fútbol "tiene un régimen especial,
decreto 1212 del año 2003", que "sustituye el régimen general que
tiene cualquiera de nosotros cuando tiene que hacer sus aportes", y que la
alícuota que paga es del 7 por ciento, contra el 31 que paga el resto."
(el resaltado es propio)
Continua la nota
expresando "El gobierno nacional anunció hoy que, junto a los clubes,
deberá pagar más impuestos para evitar el desfinanciamiento del Sistema de
Seguridad Social, que según la AFIP ronda los 1.300 millones de pesos, y se dio
a conocer una deuda de 137 millones de pesos."
¿Qué vemos? La triste
historia de nuestro país, los verdaderos perjudicados, los ciudadanos que pagan
impuestos. Indirectamente, a través del Estado Nacional perjudicado directo,
son los que observan indefensos como se despilfarran caudales públicos. Es que
en los hechos se ha subsidiado una actividad privada - futbol - y sus clubes,
que no son otra cosa que evasores y deudores impositivos consuetudinarios. La
verdad es que se habría inventado un nuevo deporte en reemplazo del fútbol, la
malversación de caudales públicos.
Como si todo esto
resultara poco, este mes de diciembre la AFIP volvió a interponer otra denuncia
penal contra la AFA. De acuerdo a lo informado, esta vez, por 84.300.000 pesos,
por retenciones no ingresadas o depositadas fuera del término legal,
correspondientes al Impuesto a las Ganancias, al Valor Agregado, y a los
aportes del personal en relación de dependencia de AFA. Abarca los meses de
mayo, junio, julio y agosto de 2016. De acuerdo al portar web de noticias
INFOBAE, la presentación judicial del organismo que conduce Alberto Abad quedó
radicada ante el Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 9, a cargo de Javier
López Biscayart.
Deseo insistir en un
aspecto decisivo que ya he puesto de resalto en la presente causa. : a efectos
de dilucidar si se cometieron, en el marco del Programa Futbol para Todos, los
delitos de malversación de caudales públicos, defraudación contra la
Administración Pública e incumpliendo de los deberes de funcionario público, se
debe establecer con claridad cuál ha sido el destino y aplicación de los fondos
transferidos por la Jefatura de Gabinete de Ministros a la Asociación de Fútbol
Argentino.
A esta altura de los
acontecimientos, y de los avances de esta causa, ha quedado demostrado que las
obligaciones que las partes asumieron mediante el contrato y las respectivas
addendas eran muy claras, pero que jamás existió voluntad de cumplimiento de
ninguna de las partes involucradas, el Estado Nacional, al menos durante la
administración de la Presidenta Cristina Fernández de Kirchner, y la AFA. De
haber existido voluntad de cumplimiento, la relación contractual hubiera
resultado transparente y el contrato gozaría de certeza.
En este sentido, y con
la finalidad de esclarecer la situación es que en el mes de Febrero de 2016, he
presentado un Acceso a la Información Publica en virtud del Decreto 1172/2003
solicitando: a) copia del convenio de rescisión del Programa Futbol Para Todos;
b) Detalle del monto total de indemnización y la forma de distribución del
mismo c) mecanismos que el Estado Nacional tiene previsto implementar par el
recupero de deuda que los clubes poseen con el Estado. Dicho acceso, nunca fue
respondido.
Esto no es una prueba
más de que el cálculo previsto para la indemnización resultaría ser antojadizo
y subjetivo sin ningún fundamento legal o técnico. Lo cual no es un dato menor,
dado de que los fondos de los que hablamos corresponden al erario público.
III.- Con estos
antecedentes a la vista, no se puede permanecer como espectador pasivo de un
potencial acuerdo de las partes que pretendería "blanquear" una
relación que estuvo viciada desde un inicio. Es fundamental aún, establecer si
los caudales públicos tuvieron aplicación adecuada, si fueron desviados en
beneficio de algunos vivos.
No se puede validar
que, escudándose en una figura asociativa como la AFA, los clubes que la
integran pretendan diluir y evadir responsabilidades. No ha ocurrido un cambio mágico
de autoridades ni de estructuras, continúan en su lugar los mismos dirigentes
que ha llevado al futbol argentino a esta situación y se habrían beneficiado
con fondos públicos de todos los argentinos gastados si control.
Considero que el
Tribunal a vuestro cargo no puede permanecer ajeno a los pormenores y
antecedentes de este tipo de acuerdo y/o negociaciones. Existe un interés
superior, el establecimiento de la verdad jurídica objetiva y, además, la
tutela de los intereses y bienes jurídicos protegidos por la ley. Es mi humilde
opinión que V.S debería requerir todos los antecedentes relacionados con las
negociaciones entres las partes tendientes a la rescisión del contrato y
adoptar un rol de control y resguardo de los fondos e intereses públicos comprometidos.
En otras palabras, evitar que la plata de los argentinos no sea otra vez
utilizada para "rescatar" a unos vivos que malversaron caudales
públicos, evadieron al fisco e incumplieron sus deberes.
Asimismo y dado a que
los fondos de lo que provendría la indemnización mencionada pertenecen al
erario público, es que solicito a VS. Dicte una medida cautelar tendiente a
impedir que los mismos sean utilizados en concepto de pago de una recisión que
no tendría sustento legal
Proveer de conformidad
SERA JUSTICIA
Fuente Cancha Llena
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