Se homologó judicialmente un nuevo acuerdo entre
Independiente y Nicolás Cabrera en una suma que asciende a los 8.457.998 millones de pesos. Inicialmente, el
monto a pagar era de 2,7 millones de pesos, pero el incumplimiento reiterado
fue modificando el valor a lo largo de los años. Esto nació de la bochornosa
gestión de Julio Comparada y quedó libre en la aún peor de Javier Cantero.
A fines de 2019 las partes habían llegado a un arreglo de
5.250.000 millones de pesos, pero como esta dirigencia no pagó se fueron
sumando los intereses y punitorios, que ascienden a 3.457.998 millones de
pesos.
$ 7.500.000 millones ya fueron embargados y a Independiente
le quedan por pagar $957.998 en cinco cuotas mensuales, iguales y consecutivas
de $191.599,60, desde noviembre hasta marzo. También hay que sumar los 248 mil
pesos de honorarios de los abogados del demandante.
Tras salir de Vélez y pasar por Newell’s y la Academia,
Cabrera jugó en el Rojo entre 2010 y 2011, salió campeón de la Copa
Sudamericana 2010 y no aportó mucho más en el club. Se retiró en 2016 jugando
para Villa San Carlos.
Aquí el acuerdo, presentado por Más Rojo:
Sra. Vicepresidente:
Informo a V.S. que en el día de la fecha, a fin de tomar
audiencia a través del sistema MS Teams, en los autos «CABRERA, NICOLAS C/CLUB
ATLETICO INDEPENDIENTE S/COBRO DE SALARIOS» , causa Nº 32374, comparecieron:
por la actora, su letrados apoderados, Dres. JUAN BAUTISTA GAINZA y ALFONSINA
PAMELA NAZARRE CARDOSO, de datos ya obrantes en autos y por la demandada CLUB
ATLETICO INDEPENDIENTE su mandatario Dr. JORGE LUIS RIVERO, cuyos datos
asimismo obran en autos.-
Abierto el acto e invitadas las partes a encontrar la forma
más ágil y eficaz de cancelar los créditos en ejecución, ambas partes acuerdan
que la liquidación de capital e intereses a favor del actor asciende a la suma
total de $8.457.998, de los cuales $5.250.000 corresponden a capital conciliado
y $3.457.998 a intereses y solicitan su aprobación. Asimismo, aclaran que la
suma de $250.000 que ya fué abonada y transferida al actor deben imputarse a
intereses. Acto seguido, la demandada dá en pago la suma embargada de
$7.500.000 obrante en la cuenta de autos y el saldo de $957.998 manifiesta será
pagado en cinco (5) cuotas mensuales, iguales y consecutivas de $191.599,60,
cada una de ellas, a efectivizarse el 20/11/2020, 20/12/2020, 01/02/2021,
22/02/2021 y 22/03/2021, respectivamente o día hábil subsiguiente. La parte
actora acepta la forma y fecha de pagos propuestas y manifiesta que, una vez
percibidas las sumas acordadas, nada más tendrá que reclamar por lo acordado en
autos. Asimismo, las partes convienen que en caso de demora o incumplimiento de
la cuotas pactadas, se producirá la mora automática y el decaimiento de los
plazos pendientes y se aplicará la sanción prevista por el Art. 275 de la
L.C.T.. Acto seguido, la demandada reconoce la suma de pesos $248.000 en
concepto de honorarios por las labores desarrolladas en la ejecución del
capital conciliado y de los honorarios de la representación letrada de la
actora en su conjunto: $98.000 a favor del Dr. Gainza y $150.000 a favor de la
Dra. Nazarre Cardoso, con más los aportes de ley a pagarse con los fondos
embargados en la causa 32.374-1, los cuales dá en pago en este acto. A
continuación, la parte actora solicita se transfiera la suma de $7.500.000 a la
cuenta oportunamente denunciada por el actor y, una vez cumplida dicha
transferencia, presta conformidad con el levantamiento del embargo trabado
sobre los fondos que la demandada tenga para percibir de la SUPERLIGA
PROFESIONAL DEL FUTBOL ARGENTINO A.C., peticionando la accionada se libre
oficio a tal fin. Siendo todo cuanto puedo informar, elevo el presente.
Fuente Infierno Rojo
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