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jueves, 31 de enero de 2013

Multa de la FIFA






Luego de la novela que mantuvieron Independiente y Genoa por la fallida transferencia Julián Velázquez al club italiano, la organización madre del fútbol mundial aplicó una sanción económica a ambos por una cifra que supera los 38 mil dólares.


El comunicado es el siguente:

La Comisión Disciplinaria de la FIFA ha sancionado al CA Independiente (Argentina) y al Génova CFC (Italia) por hacer un uso indebido del sistema de correlación de transferencias (TMS). El uso del TMS es obligatorio para todas las transferencias internacionales de jugadores profesionales varones de fútbol once.

El 28 de septiembre de 2012, la FIFA abrió una investigación contra el CA Independiente después de que el club acordara con el Génova CFC la expedición del Certificado de Transferencia Internacional (CTI) para el traspaso del jugador Julián Alberto Velázquez a cambio del pago, por parte del Génova, de una suma considerable.

Al firmar un contrato de transferencia en el que la expedición del CTI estaba sujeta a un pago, el CA Independiente incumplió el artículo 9 del Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores de la FIFA (en adelante, “el reglamento”), que estipula que el CTI debe expedirse libre de cargos y condiciones.

El club CA Independiente, que violó además los artículos 2.4 y 3.1.1 del anexo 3 del reglamento al no introducir en el TMS la orden contraria para la transferencia de Julián Alberto Velázquez al Génova CFC, recibió una multa de 35.000 CHF (Francos suizos) y se le advirtió de no reincidir en tal conducta en el futuro.

El club argentino aún no ha introducido dicha orden contraria en el TMS, por lo que, desde el 31 de agosto de 2012, la transferencia está bloqueada y no se ha solicitado el CTI. A este respecto, la Comisión Disciplinaria de la FIFA ordenó al CA Independiente que introdujera la orden contraria en un plazo de 7 días. Puesto que este plazo ya ha vencido, la comisión debatirá en su próxima sesión la posibilidad de imponer sanciones más severas.

El Génova CFC recibió también una multa de 35.000 CHF y una advertencia por incumplir los artículos 9 y 2.4 del anexo 3 del reglamento al no enviar toda la información necesaria y no cargar en el TMS los documentos pertinentes tras firmar el contrato de transferencia.
Las decisiones adoptadas por la Comisión Disciplinaria de la FIFA el 20 de noviembre de 2012 se comunicaron a los clubes el 15 de enero de 2013. Estas decisiones son firmes y vinculantes y no existe posibilidad de apelación.

La condena de la comisión fue categórica en ambos casos: “Condicionar la emisión del CTI constituye una violación grave del reglamento que pone en jaque la transparencia de las transferencias internacionales, pone en entredicho todo el sistema de transferencias y obstaculiza el trabajo de las autoridades del fútbol a la hora de supervisar los traspasos internacionales. Este tipo de comportamiento obstaculiza y perjudica las actividades de los jugadores”.





La comisión indicó además claramente que “[...] el uso del TMS es obligatorio. Su objetivo es garantizar que las autoridades del fútbol tengan información detallada de las transferencias internacionales de los jugadores disponibles para mejorar así la credibilidad y la transparencia del sistema [...]. Para ello, todos los usuarios deben actuar de buena fe, comprobar el TMS de forma regular a diario y responsabilizarse de contar con el equipamiento necesario para cumplir con sus obligaciones”.


Fuente De la Cuna al Infierno

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